MOTIVOS EXTRAORDINARIOS QUE IMPIDEN VOTAR
Sepa en qué casos puede ser exonerado de una multa
Martes 31 de Agosto del 2010
Es obligación de todos los ciudadanos acudir a votar el próximo 3 de octubre para elegir a los alcaldes y presidentes regionales del país. ¿Pero en qué casos procede la dispensa de omisión al sufragio con exoneración de multa? Según el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), este trámite se puede hacer por enfermedad, por el fallecimiento de un familiar directo, por un viaje al extranjero por motivos de estudios o de salud o por el robo del Documento Nacional de Identidad (DNI) en vísperas de elecciones.
Puede gestionar una dispensa en cualquier momento en la ventanilla de atención al público del JNE (Av. Nicolás de Piérola 1080 Cercado de Lima) de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.
Para ello debe realizar un pago de S/.17,80 en el Banco de la Nación, presentar su DNI vigente (el original y copia) y un documento que sustente o pruebe el motivo por el cual se solicita dispensa (certificado médico, de defunción del familiar o constancia que acredite el motivo del viaje).
En caso de que la causa de la dispensa fuese el robo del DNI, deberá presentar la denuncia policial interpuesta en vísperas de las elecciones.
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