jueves, 21 de octubre de 2010

Ciencias Sociales






EL RESPETO A LO ESTABLECIDO POR LA CARTA MAGNA

Voto electrónico no es anticonstitucional
Por: Raúl Ferrero Jurista


Jueves 21 de Octubre del 2010


Quienes sostienen que el voto electrónico es inconstitucional argumentan que esta modalidad contraviene preceptos expresos de la Constitución, como aquel que dispone que el escrutinio se debe realizar en acto público, conforme al artículo 185, y además, que el voto es igual, tal como lo establece el artículo 31, y que ninguna de dichas garantías se cumpliría con este tipo moderno de sufragio.

Se manifiesta que no sería acto público, ya que el voto se deposita en la memoria de una computadora y nadie puede conocer el resultado. Asimismo, se sostiene que no es igual, ya que al implementarse en forma gradual y progresiva, en algunas circunscripciones se votará electrónicamente y en otras manualmente.

Si bien los dos argumentos son respetables, consideramos que son rebatibles, ya que quien utilice el voto electrónico obtendrá una constancia de su voto de la máquina (computadora) que para este acto coloque oficialmente la ONPE en el centro de votación. Esa constancia se depositará en un ánfora para el posterior acto del cómputo de los sufragios, con lo que la publicidad queda garantizada.

De la misma manera, al depositarse esa constancia en un ánfora, el voto seguirá siendo igual al que se haya formulado manualmente. El cómputo electrónico realizado por la máquina puede cotejarse con los votos depositados.

En las discusiones que se han dado en estos días se ha podido apreciar que existen algunas dudas sobre la seguridad que ofrece esta nueva forma de votar, que incorpora los avances tecnológicos e informáticos, por lo que es importante enfatizar que no se requiere conocer de computación para poder votar, ya que el procedimiento es simple y muy parecido al retiro de dinero de un cajero automático.

Se ha dicho que esta innovadora forma de sufragar puede hacer más fácil el fraude, lo cual no es cierto. Como recientemente ha señalado el destacado estudioso en temas electorales Dieter Nohlen, quienes cometen fraude, en todo caso no son las máquinas electrónicas ni las cédulas o actas electorales, sino las personas que manejan uno u otro sistema.

Aunque la Ley 28581 del 2005 ya señalaba que la ONPE debería encargarse de la implementación progresiva y gradual del voto electrónico, con medios electrónicos e informáticos, también es cierto que hacían falta las reglamentaciones necesarias para poder ponerlo en práctica. La reciente ley aprobada (aún no aprobada), que alcanza su condición de norma legal gracias a la insistencia del Congreso, ya que fue observada por el Poder Ejecutivo, viene a cubrir las precisiones que hacían falta.

Claro que implantar el voto electrónico como plan piloto en algunas circunscripciones para las elecciones generales del 2011 no depende solamente de la ONPE. Requerirá de la debida asignación presupuestal (que se espera apruebe pronto el Parlamento) y que el MEF entregue a tiempo el dinero necesario.

Para ello, se tienen que escoger los lugares en que se aplicará el plan piloto, porque se deberá comenzar sin demora la planificación necesaria.

Nos parece que existiendo buenas relaciones con Brasil, incluyendo las de nuestras autoridades electorales, debería aprovecharse la valiosa experiencia del país vecino, para evitar incurrir en errores que ya han sido corregidos por ellos.

Así, el software aplicado en Brasil ha logrado superar el peligro de los hackers, ya que siendo un circuito cerrado, no es posible acceder a él, por cuanto no se trata de un sistema on line, de manera que no está sujeto a interferencias externas.

Más allá de lo señalado, la ONPE, desde que estuviera a cargo de Fernando Tuesta, ha venido trabajando en el proyecto y ya tiene avances que permitirán andar más rápido de lo que pueda suponerse.

No hay comentarios: