lunes, 19 de julio de 2010

Ciencias Sociales









A SU SERVICIO
Conozca cómo se crea una ley
El Congreso evalúa y aprueba la propuesta y al Ejecutivo le toca promulgarla
Lunes 19 de Julio del 2010
1. Los proyectos de ley los pueden presentar el presidente de la República, los congresistas, los poderes del Estado, las instituciones públicas autónomas, las municipalidades y los colegios profesionales. Todo ciudadano, en ejercicio del derecho de iniciativa previsto en la Constitución, puede hacerlo.
2. La propuesta se presenta en la oficina de trámite documentario del Congreso que la recibe, registra y numera para que el oficial mayor lo envíe al consejo directivo con la fecha, el número, su firma y el nombre de la o las comisiones que recibirán la notificación.
3. Las comisiones estudian los proyectos y responden 30 días después de la fecha de ingreso. Los dictámenes pueden ser favorables, desfavorables o rechazadas de plano. En los dos últimos casos son archivadas.
4. Si son favorables pasan al consejo directivo, para ser ordenadas y asignarles una fecha para su debate en el pleno del Congreso.
5. Si el pleno rechaza el proyecto, se enviará al archivo. Si se aprueba la ley, el oficial mayor la revisa y envía al presidente de la República para su promulgación en los siguientes 15 días útiles.
6. Si el mandatario no pone observaciones, se promulga y publica la ley; de lo contrario, la devuelve al Congreso dentro de los 15 días mencionados. Si vencido el plazo el jefe del Estado no promulga la ley, lo hará el Congreso.
7. Las leyes aprobadas se publicarán en la sección de Normas Legales de “El Peruano” y entran en vigencia al día siguiente de su publicación, salvo disposición precisada en la misma ley.

No hay comentarios: