«La buena información que está oculta es inútil; la mala información que está fácilmente disponible es nefasta»
lunes, 25 de octubre de 2010
Ciencias Sociales
A SU SERVICIO
Sepa qué casos ve el Tribunal Constitucional
Lunes 25 de Octubre del 2010
El Tribunal Constitucional es el supremo intérprete de la Constitución y cuida que las leyes o actos de los órganos del Estado no socaven lo dispuesto por ella. Interviene para restablecer el respeto a la Carta Magna y los derechos constitucionales en particular. Estos son los procesos de su competencia.
1. Hábeas corpus: ante amenaza del derecho de la persona en casos como la libertad de conciencia o de religión; cuando se es violentado para obtener declaraciones; exilio, secuestro o detención por deudas.
2. Amparo: cuando se amenazan derechos no protegidos por hábeas corpus o hábeas data. Los casos específicos están en el artículo 37 del Código Procesal Constitucional.
3. Hábeas data: Cuando se viola el derecho al acceso de la información de cualquier entidad pública (ya sean expedientes terminados o en trámite).
4. Inconstitucionalidad: impugnación de normas con rango de ley (decretos legislativos, de urgencia, tratados, normas regionales y ordenanzas municipales).
5. Conflicto de competencia o atribuciones: defiende leyes dadas a los poderes del Estado, órganos constitucionales y gobiernos regionales o municipales.
6. Otros procesos: acción popular (defiende la soberanía de la Constitución sobre otras leyes de menor jerarquía); y de cumplimiento (para que se acate una norma legal o se ejecute un acto administrativo).
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