jueves, 4 de agosto de 2011

Ciencias Sociales






PUNTO DE VISTA

Economía constitucional

Por: Carlos Adrianzén Economista (*)
Jueves 4 de Agosto del 2011
En estos días el tema de introducir modificaciones sustantivas a la Constitución vigente, el modificarla por completo o buscar alguna forma de saltar hacia atrás (reactivando la Constitución de 1979) ha pasado a ser una suerte de prioridad nacional.
Mucho más allá de las espinosas implicancias políticas de esta materia e incluso de la sucesión de enredos de derecho asociados a su discusión, el tema resulta particularmente serio desde el punto de vista económico.
La Constitución es en realidad el instrumento legislativo básico. Cuando aquella es inteligente –y claramente enmarcada– puede servir para endogeneizar una base de instituciones e incentivos catalizadores de desarrollo económico y el progreso.
En cambio, cuando una Constitución resulta un instrumento difuso, megalómano e intervencionista es un desencadenante seguro de atraso y corrupción. La razón por la que esto es así responde simplemente al hecho de que este instrumento acota márgenes para el dibujo de incentivos.
Así, por ejemplo, una Constitución poco lúcida reglamenta condiciones laborales, dispone de la existencia de empresas públicas, reserva sectores como estratégicos y deja la libertad económica en los mercados como una suerte de residuo casi informal.
Bajo esta perspectiva vale la pena recordar una lección económica básica. Ningún país se ha desarrollado por sus recursos naturales, ni por su geografía, ni por su geopolítica. Los países que han crecido a un alto ritmo por décadas –ergo, que se han desarrollado– lo han hecho alimentados por ideas. Existen ideas económicas lúcidas tanto como aquellas torpes y destructivas. Las primeras asociadas con la apertura comercial; la estabilidad monetaria y los mercados competitivos han generado naciones pujantes y ricas. Las otras ideas, usualmente de corte socialista, en cambio, han generado atraso, corrupción y dictaduras longevas. Latinoamérica y sus décadas perdidas nos repletan canastas de ejemplos en esta dirección.
Es por ello que el tema que hoy nos ocupa no es precisamente inocuo. Los efectos nocivos de una mala Constitución no implican necesariamente fenómenos de corto plazo; sus efectos, como lo fueron los de la nefasta Constitución de 1979 –cuyo espíritu consolidaba poco inteligentemente instituciones económicas velasquistas–, se vieron no solo en un estancamiento y empobrecimiento por cortos plazos, sino que se reflejaron en la consolidación de botines empresariales e instituciones públicas descapitalizadas y corruptas que nos empobrecieron por décadas.
(*) Decano de la Facultad de Economía de la UPC

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