miércoles, 7 de septiembre de 2011

Ciencias Sociales






Legitimidad de las consultas y sensatez de los líderes

Por: Pedro Morales Mansilla (*)
Miércoles 7 de Setiembre del 2011
La vigencia de la Ley del Derecho a la Consulta Previa a los Pueblos Indígenas u Originarios conlleva a presentar sin demora las herramientas y mecanismos que la hagan viable, consolidando su dimensión de verdadero pilar del proceso de inclusión social.
Esta norma, como experiencia de diálogo intercultural, debe constituirse en el primer peldaño de la necesaria construcción de confianza entre el Estado, empresas y las comunidades nativas y campesinas; lo que, sin duda, disminuirá los conflictos sociales, propiciando un ambiente de entendimiento favorable a las inversiones y por ende al crecimiento económico del país.
Sin embargo, su aplicación, para darle legitimidad a los procesos de consulta y eficacia a sus resultados, requiere la oportuna aprobación y publicación de su reglamento. Además, de la culminación del proceso de delimitación territorial que hace 9 años ha dispuesto la Ley 27795. Asimismo, de la continuidad del proceso de titulación comunal, la ley de ordenamiento territorial, la ley de descentralización fiscal, así como censos y evaluaciones actualizadas de recursos naturales, biodiversidad, medio ambiente y, sobre todo, desarrollar capacidades de diálogo en los protagonistas.
Por tanto, es imperativo que los poderes Ejecutivo y Legislativo, pensando en la cercanía de las primeras experiencias y la complejidad del novedoso proceso, otorguen a los protagonistas de la consulta previa las herramientas y los mecanismos sistematizados que les permita gestionar la consulta sin sobresaltos ni fricciones, a fin de lograr la concertación. La falta de estas y de información básica confiable en los aspectos técnico-legales, censos y evaluaciones, puede negarle al esfuerzo legitimidad y eficacia, por la ausencia de transparencia y conocimientos, lo que sería realmente lamentable.
En tal sentido; la claridad de las bases en las que se sustentarán los procesos del uso del derecho a la consulta previa reviste gravitante importancia para evitar los fracasos que nos pueden llevar a la frustración y reeditar episodios dolorosos de confrontación y violencia. Los representantes de las partes, especialmente del Estado, tienen la obligación moral de abandonar cualquier interés subalterno político partidarista o de grupo cualquiera, y actuar con sensatez y patriotismo; estamos ante un momento histórico que no puede admitir que este derecho sea manoseado por la incompetencia o la deslealtad en la aplicación de la norma que lo ampara.
En suma, se ha instalado un hito legal que reivindica a las comunidades, faltan los siguientes para que quede claro el camino que nos conduzca al desarrollo integral del país.
(*) EX CONGRESISTA DE LA REPÚBLICA

No hay comentarios: