«La buena información que está oculta es inútil; la mala información que está fácilmente disponible es nefasta»
jueves, 4 de julio de 2024
viernes, 30 de noviembre de 2018
lunes, 14 de marzo de 2016
lunes, 31 de octubre de 2011
miércoles, 31 de agosto de 2011
General
Sin documentos en el extranjero
Si estamos fuera del país y vivimos una de estas situaciones, debemos tramitar el pasaporte a la brevedad posible. Lo primero que se debe hacer es dirigirnos al consulado peruano en ese país, donde acreditaremos nuestra condición de peruanos ante el funcionario consular.
Los requisitos que normalmente se piden, para tramitar un nuevo documento, son la denuncia policial o una declaración jurada de la pérdida, el número del pasaporte anterior, así como el lugar y fecha de emisión del mismo para su respectiva anulación. Sería bueno que memorice los números, o que una persona a la que pueda llamar los tenga anotados. Asimismo necesitará dos fotografías de frente tamaño pasaporte, a color y en fondo blanco. Y deberá realizar el pago de los derechos consulares correspondientes (adultos US$55, menores y estudiantes US$12).
¿Pero, qué ocurre si usted no cuenta con dinero, porque la pérdida o robo de sus pertenencias fue total, o si se encuentra varado, está contra el tiempo, debe regresar al Perú inmediatamente y no conoce a nadie a quién acudir? En estos casos, lo más recomendable sería que solicite en el mismo consulado un salvoconducto.
El salvoconducto es un documento de viaje que se otorga a los connacionales que, por diversos motivos, carecen de pasaporte y a quienes no se les puede extender uno nuevo al no cumplir con los requisitos previstos por ley. Estos se extienden generalmente en situaciones de emergencia y sirven para efectuar un solo viaje de retorno al país del domicilio. Los salvoconductos tienen una vigencia de treinta días contados a partir de la fecha de su expedición. Los requisitos para obtenerlo son: el certificado de denuncia policial o declaración jurada de pérdida de pasaporte y tres fotografías de frente tamaño pasaporte y en fondo blanco.
El costo es de US$20 pero, en casos de indigencia o deportación, este documento se puede expedir en forma gratuita.
lunes, 25 de julio de 2011
General
Errores en las partidas de nacimiento
En una partida de nacimiento se equivocaron al poner el nombre de la madre del recién nacido. ¿En qué casos el notario puede rectificarla y qué documentos se deben acompañar? ¿Puede considerarse esta rectificación como cambio de nombre de la madre?
CAROLINA HOYLE
DNI: 44814835
RESPUESTA
La Ley 26662 Ley de Competencia Notarial en Asuntos No Contenciosos autoriza al notario, en su artículo 15º, a: “...corregir los errores y omisiones de nombre, apellidos, fecha de nacimiento, de matrimonio, de defunción u otros que resulten evidentes del tenor de la propia partida o de otros documentos probatorios”. Lo que quiere decir que si se ha escrito mal el nombre y o el apellido de la madre (o del padre) o se ha omitido un nombre y/o un apellido de la madre (o del padre) en la partida de nacimiento del hijo, es procedente pedirle al notario la rectificación que deberá hacerla mediante escritura pública. La prueba indiscutible (puede haber otras) será la partida de nacimiento de la madre (o del padre) porque allí aparecen los datos correctos. Esto no significa que se ha cambiado la partida de nacimiento de la madre ni que se le ha cambiado de nombre a ella sino que se la ha adecuado para que contenga los datos correctos; la madre seguirá llamándose igual. El cambio de nombre es otra cosa, significa que una persona no está conforme con el nombre de pila y desea tener otro. Por ejemplo; al nacer le pusieron en su partida Lucho; todos sabemos que esta es la forma familiar con que se conoce a las personas que se llaman Luis, por lo que quiere que su nombre sea Luis y solicita la rectificación. Como el nombre de pila es arbitrario, el padre lo pone simplemente (dentro de los límites que señala la ley) y no tiene reglas de ortografía, no puede decirse que se hubiera cometido un error u omisión al ponerle Lucho; siendo esto así, lo que en realidad se quiere es un cambio de nombre en su partida de nacimiento; pero esto no le corresponde al notario, sino al juez. El cambio de nombre está permitido por el artículo 29º del Código Civil.
CÉSAR BAZÁN NAVEDA
Notario de Lima
lunes, 30 de mayo de 2011
General
Sepa cómo sacar una visa Schengen
1 Tome en cuenta que el Reino Unido, Irlanda, Bulgaria, Rumanía y Chipre no forman parte de la zona Schengen y obedecen sus propios controles fronterizos. Del mismo modo, las visas a estos países no sirven para transitar en la zona Schengen.
2 Si planea viajar por varios países del territorio Schengen, tendrá que realizar el pedido de visa en la embajada del país donde se pasará la mayor cantidad de tiempo. Debido a esta situación, los requisitos y los costos de la solicitud de visa cambiarán de caso en caso, dependiendo del país donde se solicite.
3 Todos los trámites se tendrán que hacer en persona y solo procederán con toda la documentación completa.
4 Asegúrese de tener su pasaporte vigente; es necesario que la validez de este documento sobrepase por tres meses la fecha de finalización del viaje.
5 Los pedidos de visa requieren la adquisición de un seguro de viaje que cumpla las regulaciones estipuladas por la embajada y que tendrá que durar por toda la estadía. La empresa de quien se contrata el seguro deberá tener una sucursal europea.
6 Se tendrá que demostrar solvencia económica para el tiempo de permanencia previsto en estados Schengen, como extractos bancarios recientes, cheques de viajero y tarjetas de crédito internacionales. El dinero en efectivo no constituye una muestra válida.
7 Dependiendo del tipo de viaje (turismo, negocios, etc.), se tendrán que presentar otros requerimientos indicados durante el trámite. Revise bien que cumpla con las exigencias adicionales antes de entregar sus papeles para evitar que le nieguen la visa.
lunes, 1 de noviembre de 2010
lunes, 6 de septiembre de 2010
General

A SU SERVICIO
¿Qué hago si pierdo mi pasaporte en el exterior?
PÉRDIDA O ROBO
Lunes 6 de Setiembre del 2010
Si un ciudadano peruano se encuentra en el extranjero y por cualquier circunstancia pierde o sufre el robo de su pasaporte, deberá presentarse al consulado peruano del país donde esté con los siguientes documentos: denuncia policial o una declaración jurada de la pérdida en la cual indique los nombres y apellidos completos, el número de pasaporte extraviado o robado, así como el lugar y fecha de su emisión para su respectiva anulación.
Adicionalmente, deberá tener dos fotografías tamaño pasaporte, a color y en fondo blanco, y el pago de derechos consulares correspondientes: US$55 en caso de adultos y US$12 para menores de edad y estudiantes. Este trámite es personal.
En caso de encontrarse en un país donde no hay embajada peruana, consulado o algún tipo de representación del Perú, se deberá comunicar con alguna embajada amiga, en virtud de lo establecido en la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados. La persona en problemas presenta sus datos, e incluso huellas digitales, que se hacen llegar a la cancillería del Perú para preparar el documento. También se recomienda que los familiares de la persona en problemas presenten el caso al área de Asistencia al Nacional de la cancillería en Lima, quienes coordinarán con la embajada o representación diplomática peruana más cercana al lugar donde esté el compatriota, especialmente con países que también tienen embajada en el Perú. Para más información visite el portal www.rree.gob.pe o comuníquese al teléfono: 204-2400.
lunes, 21 de junio de 2010
General
A SU SERVICIO
Entérese de todos los pasos para obtener o revalidar pasaporte en Migraciones
Mientras que en otros países de la región el trámite para obtener un pasaporte dura varios días, en el Perú solo tarda unas 2 horas en los locales de la Dirección General de Migraciones y Naturalización (Digemín) y unos 15 minutos en la oficina que esta entidad tiene en el aeropuerto Jorge Chávez. Si piensa obtener o revalidar uno, lea la siguiente información.
1. Para obtener un pasaporte, primero deberá pagar S/.38,16 en el Banco de la Nación. Luego, se acercará con el recibo y dos copias de su DNI a cualquiera de las sedes de Digemín: en Av. España 734, Breña; en el óvalo Gutiérrez (sótano), Miraflores; en Av. Los Quechuas (cuadra 11), Salamanca; o en Jr. Manco Cápac (cuadra 2), Callao.
2. En Breña la atención es de lunes a domingo. En los otros locales, de lunes a viernes. La recepción de documentos es de 8 a.m. a 12 m.
3. Si el pasaporte es para un menor, debe presentar el recibo de pago del Banco de la Nación; el original y 2 copias del DNI o partida de nacimiento del menor; y 2 copias del DNI del padre, madre o apoderado.
4. Si el pasaporte es para un niño adoptado, se presentará lo mismo que en el paso 3 pero, además, una copia certificada de los documentos que confirman la adopción.
5. Para revalidar un pasaporte, debe pagar en el Banco de la Nación S/. 34,20 y presentar el recibo en la Digemín junto con el pasaporte vencido o por vencerse.
6. La Digemín tiene en el aeropuerto Jorge Chávez una oficina donde expide pasaportes las 24 horas del día, pero solo en caso de emergencia, ya que la entrega se efectuará cuando los viajeros no tengan su pasaporte vigente o no lo tengan a la mano cuando estén listos para viajar a un país que no exija visa. En cualquier caso, el interesado debe contar con los boletos de viaje y realizar el pago en el módulo del Banco de la Nación del aeropuerto, que también atiende las 24 horas. El costo de los trámites en estos casos no varía.
miércoles, 24 de marzo de 2010
Ciencias Sociales

TESTIMONIOS. CONTIENE LOS NOMBRES DE JUDÍOS SALVADOS DEL HORROR NAZI
Venden lista de Schindler en US$ 2,2 mlls.
Miércoles 24 de Marzo del 2010
NUEVA YORK [EFE]. Una copia de la lista que Oskar Schindler elaboró para salvar a cientos de judíos del horror nazi salió a la venta por 2,2 millones de dólares, informó ayer la firma especializada en la venta de documentos históricos M.I.T. Memorabilia.
Según el diario “Daily News”, la lista fue elaborada por el mismo Schindler (1908-1974) y su contable Itzhak Stern (1901-1969), lleva fecha del 18 de abril de 1945, tiene 13 páginas y contiene 801 nombres con fechas de nacimiento y profesiones.
Se trata de la única copia que queda en manos de un coleccionista privado de la famosa lista que hiciera famosa la película del mismo nombre que dirigió Steven Spielberg, y de la cual solo unas cuantas copias se han conservado y pertenecen a algunos museos de Estados Unidos e Israel.
Además de ese histórico documento, la casa de subastas neoyorquina informó a través de su página web de la venta de otros documentos históricos relacionados con el mismo Schindler y con el final de la Segunda Guerra Mundial (1939-1945).
OTROS TESTIMONIOSEntre ellos se encuentra el documento que refleja el acuerdo de rendición sin condiciones de la Alemania nazi ante los aliados y que fue firmado el 7 de mayo de 1945 en la localidad francesa de Reims.
“Esta es la rendición sin condición del Tercer Reich, que fue firmada a primera hora del lunes 7 de mayo de 1945, y en la que está anotada la hora como las 02:41 o las 2:41 de la mañana”, dice la empresa, que indica que el documento se firmó en los cuarteles generales aliados ubicados en una escuela de la ciudad francesa de Reims.
Los dos folios de la rendición alemana, escritos en inglés, que contiene cinco puntos y se alcanzaron tras una difícil negociación, están firmados por parte alemana por el general Alfred Jodl, mientras que por los aliados se aprecia la firma del general estadounidense Walter Bedell Smith, así como la del general soviético Ivan Sousloparov.
El documento lleva la rúbrica al margen del representante de Francia, el general François Sevez, en calidad de testigo del pacto.



