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lunes, 28 de agosto de 2017
jueves, 24 de agosto de 2017
Educación
Huelga de maestros: éstas son las regiones donde se les descontará a profesores
Minedu confirmó que se aplicará el descuento por inasistencias en julio y agosto a un total de 29 mil profesores en 15 regiones

El
Ministerio de Educación (Minedu) confirmó hoy que a finales de agosto
se aplicará el descuento a más de 29 mil profesores en 15 regiones (por
los meses de julio y agosto). (Foto: USI)
El Ministerio de Educación (Minedu)
confirmó hoy que a finales de agosto se aplicará el descuento a más de
29 mil profesores en 15 regiones (por los meses de julio y agosto), a
todos aquellos que faltaron a clases en el marco de la huelga de
maestros.
De acuerdo al
cuadro de descuentos del Minedu, la mayor cantidad de profesores a
quienes se les descontará por inasistencias están en Lima Metropolitana
(11.379), seguidos de Junín (3.068), Arequipa (2.915),Ayacucho (2.589) e
Ica (2.344).
Siguen en la
lista Lima Provincias (2.047), Callao (917), Loreto (703) y Tacna.
Además de San Martín (565), Cajamarca (489), Pasco (422), Áncash (375),
La Libertad (320) y Piura (292). En total son 29.041 profesores
sancionados en 15 regiones.
Un día antes la ministra de Educación, Marilú Martens,
adelantó que la cifra de profesores que tendrán un descuento en sus
sueldos por los días no trabajados superaba los 20 mil. Martens además,
informó que las cuentas de las unidades de gestión educativa (UGEL) que
no realicen los descuentos serán bloqueadas por el Ministerio de
Economía y Finanzas. Todas las UGEL están a cargo de los gobiernos
regionales, los cuales son los que aplican los descuentos.
El descuento se
aplica en relación a los días en que los maestros se han ausentado de
las aulas. Por ejemplo, en regiones como Piura y La Libertad (que tienen
la menor cantidad de profesores con descuentos) la huelga se acató
recién este mes.
Educación
Publimetro 24 agosto 2017
Ya No Hay Pie a Más Negociaciones by Biblioteca Carmelitas-Secundaria on Scribd
viernes, 18 de agosto de 2017
miércoles, 16 de agosto de 2017
jueves, 25 de febrero de 2010
jueves, 24 de septiembre de 2009
General
El Comercio 24 de setiembre del 2009
NO MÁS HORAS DE ESTUDIO PERDIDAS
TC confirma que la educación es un servicio público esencial
Fallo precisa que cabe restringir derecho a la huelga si se altera continuidad de clases
El Tribunal Constitucional (TC) declaró infundada la demanda de inconstitucionalidad presentada por el ex dirigente del Sutep, Robert Huaynalaya, contra la ley que declara la educación básica regular un servicio público esencial y la ley del profesorado en lo referido a la carrera pública magisterial.
El fallo rebate los argumentos planteados en la demanda de Huaynalaya, quien aducía que dichas normas vulneraban los derechos a la huelga y a la estabilidad laboral, respectivamente. Según precisa el TC, la educación básica regular es un servicio público esencial, por lo que cabe restringir el derecho a la huelga si se altera la continuidad de las clases.
Sobre el derecho a la estabilidad laboral, la resolución señala que este está sujeto a que los profesores aprueben la evaluación de desempeño que estipula la ley del profesorado. Para el abogado laboralista Jorge Toyama, el fallo se ajusta al mal momento que atraviesa la docencia en el Perú, por lo que no puede ser cuestionado.
Según el ministro de Educación, José Antonio Chang, la resolución ha puesto en evidencia la alta calidad de los miembros del TC, y garantiza que la educación de los niños en el Perú será óptima e ininterrumpida.
SEPA MÁS
“La huelga se debe ejercer en armonía con los demás derechos y debe garantizar la continuidad del servicio educativo”, indica el fallo del TC.
“Resulta acorde con lo dispuesto en la Carta Magna y garantiza la provisión y permanencia en el magisterio de personas idóneas y capacitadas, para así resguardar la calidad de la educación”. (Sobre la estabilidad laboral).
NO MÁS HORAS DE ESTUDIO PERDIDAS
TC confirma que la educación es un servicio público esencial
Fallo precisa que cabe restringir derecho a la huelga si se altera continuidad de clases
El Tribunal Constitucional (TC) declaró infundada la demanda de inconstitucionalidad presentada por el ex dirigente del Sutep, Robert Huaynalaya, contra la ley que declara la educación básica regular un servicio público esencial y la ley del profesorado en lo referido a la carrera pública magisterial.
El fallo rebate los argumentos planteados en la demanda de Huaynalaya, quien aducía que dichas normas vulneraban los derechos a la huelga y a la estabilidad laboral, respectivamente. Según precisa el TC, la educación básica regular es un servicio público esencial, por lo que cabe restringir el derecho a la huelga si se altera la continuidad de las clases.
Sobre el derecho a la estabilidad laboral, la resolución señala que este está sujeto a que los profesores aprueben la evaluación de desempeño que estipula la ley del profesorado. Para el abogado laboralista Jorge Toyama, el fallo se ajusta al mal momento que atraviesa la docencia en el Perú, por lo que no puede ser cuestionado.
Según el ministro de Educación, José Antonio Chang, la resolución ha puesto en evidencia la alta calidad de los miembros del TC, y garantiza que la educación de los niños en el Perú será óptima e ininterrumpida.
SEPA MÁS
“La huelga se debe ejercer en armonía con los demás derechos y debe garantizar la continuidad del servicio educativo”, indica el fallo del TC.
“Resulta acorde con lo dispuesto en la Carta Magna y garantiza la provisión y permanencia en el magisterio de personas idóneas y capacitadas, para así resguardar la calidad de la educación”. (Sobre la estabilidad laboral).
domingo, 22 de marzo de 2009
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